lunes, 3 de octubre de 2016

Clasificación del delito de homicidio



HOMICIDIO

Es la acción antijurídica que realiza un hombre, el cual priva de la vida a otro ser humano sin importar las características ni circunstancias del mismo. Y la muerte puede ser producida con o sin violencia.


CLASES DE HOMICIDIOS


Homicidio Simple Doloso.- Es aquel hacer o no hacer humano que produce la muerte de una persona, sin que exista en el sujeto activo una reflexión previa respecto a la conducta que va a realizar, ni se presenten situaciones de superioridad absoluta del agresor contra el agredido.


Homicidio Simple Doloso de Acción.- En este delito se requiere un acto humano, un movimiento corporal voluntario que sea idóneo y adecuado para causar lesiones singulares o múltiples que en conjunto produzcan la muerte por la alteraciones provocadas en el órgano u órganos dañados como consecuencia inmediata, complicaciones o carencia de elementos para evitar el deceso”.

Homicidio Simple Doloso por Omisión.-

Por omisión simple...- Podría darse si un individuo encontrando perdido o desamparado a un menor o a una persona por cualquier causa amenazada de un peligro, omitiese prestarle auxilio, pudiendo hacerlo sin riesgo personal o no diese aviso a la autoridad teniendo posibilidad de ello y la persona falleciera.

Por Comisión por Omisión...- Estos delitos se caracterizan porque en ellos el sujeto activo se abstiene de realizar un acto que debió efectuar y que omite llevar a cabo con el fin de causar un daño jurídico y/o material; el ejemplo mas utilizado en la doctrina es el de la madre que con el fin de causar la muerte a su hijo se abstiene de alimentarles.

Homicidios Calificativos Atenuados.-

Homicidio en Riña: Es un encuentro físico entre dos o más personas, no verbal, o a señas, simplemente; debe haber un intercambio de violencia, esto es, que necesariamente los participantes en la riña se agredan mutuamente, 


Homicidio en Duelo: Es el mutuo consentimiento en las disposiciones del combate, reglamentación de las condiciones del combate por padrinos bilaterales designados e igualdad de circunstancias objetivas. 



Homicidio-Suicidio: El que prestare auxilio o indujese a otro para que se suicide, será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, la prisión será de cuatro a doce años”. 


Homicidio Culposo: Consiste en actuar imprudente, negligente, falto de atención, cuidado y reflexión que verifica una conducta que produce un resultado delictuoso, previsible en la culpa, el activo no desea realizar una conducta que lleve a un fin delictivo, pero su actuar en las condiciones descritas, lo realiza”.


Homicidios Calificados Agravados.-

Homicidio con Premeditación: La razón de que el delito de Homicidio se agrave con esa calificativa, es evidente, ya que el individuo que representa en su mente la privación de la vida de otro, reflexiona tal hecho, considera y valora múltiples circunstancias, elige momento y forma de ejecución; demuestra ser un individuo con una profunda inclinación delictiva que lo impulsa a realizar este tipo de conductas y obviamente es un sujeto extremadamente antisocial.

Homicidio con Ventaja: La esencia de la ventaja consiste en una situación de tal superioridad que el agresor no corra ningún riesgo al realizar su conducta delictiva, de manera que la agresión implica casi necesariamente la muerte del pasivo, sin riesgo alguno para el activo, lo cual justifica que esta conducta en condiciones de un total y absoluto desequilibrio, se sanciona con una pena mayor que el homicidio simple intencional.


Homicidio con Alevosía: La razón de esta agravante la encontramos en lo súbito e inesperado de la agresión que deja al pasivo en un estado de indefensión, en una situación en la cual por las características del ataque no le permite de manera alguna rechazar o evitar este, o en su caso huir.

Homicidio con Traición: El sujeto pasivo también se encuentra en una situación de inferioridad con respecto de activo, pues en razón de la confianza tacita o expresa que existe, el pasivo no puede prever y en su caso evitar la agresión de quien supuestamente debiese ser la persona de la que no era razonable esperar una agresión; esta situación subjetiva y objetivamente considerada, justifica plenamente que la conducta homicida con el elemento traición, se sancione con una mayor penalidad que el homicidio simple intencional. 
 

Homicidio en Relación del Parentesco o Relación

Parricidio: Es el homicidio del padre, de la madre, o de cualquier otro ascendiente consanguíneo y en línea recta, sean legítimos o naturales, sabiendo el delincuente ese parentesco.

Filicidio: Este figura es una ampliación del Infanticidio, como lo dice Osorio y Nieto, “Consideramos loable que se amplié la figura del infanticidio a la privación de la vida de cualquier descendiente consanguíneo, en línea recta y que este homicidio, en su caso pueda ser agravado, ya que así como la privación de la vida del ascendiente se fractura de manera intensa e irreversible la institución de la familia, igual acontece con la muerte de su descendiente por su ascendiente.

Fratricidio: Es atentar contra la vida de un hermano.

Conyugicidio y Uxoricidio: Consiste en la privación de la vida de un cónyuge por el otro, recibe el nombre de conyugicidio. Cuando la mujer es la que priva de la vida al varón se le llama conyugicidio propio. Y se llama uxoricidio cuando el varón es el que le quita la vida a la mujer. 



martes, 27 de septiembre de 2016

Asociación delictiva y pandillerismo



ASOCIACIÓN DELICTIVA Y PANDILLERISMO




ASOCIACIÓN DELICTIVA


Asociación: es la acción y efecto de asociarse (unir una persona a otra para que colabore en algún trabajo, juntarse para un mismo fin y/o establecer una relación entre personas).

Una  vez que entendemos lo que significa "asociación" nos será muy fácil comprender las diferencias que a continuación presentaré. 


Estas asociaciones están formadas por 3 o más personas organizadas para delinquir, son asociaciones ilícitas y solo el hecho de formar parte de ellas se considera un delito.


El Código Penal de BCS, establece en el:

ARTICULO 271.- Se impondrá prisión de uno a seis años y hasta noventa días multa, al que integre una asociación o banda de tres o más personas, destinadas a delinquir.



PANDILLERISMO

Solemos confundir "asociación delictiva" con una "pandilla"; este fenómeno se da más en los estratos sociales pobres pero también puede verse en capas acomodadas.

En su génesis se encuentra una sumatoria de elementos tales como:

  • necesidad de pertenencia a un grupo de sostén
  • dificultad en su acceso a los códigos del mundo adulto
  • pobreza (sin que eso sea lo determinante)
Algunas pandillas tienen un fin definido como:

  • la comisión de un delito con finalidades lucrativas.
  • diversión con tintes de violencia y crueldad
Y el Código Penal de BCS acerca del pandillerismo nos habla en el:

ARTICULO 272.- Cuando se ejecuten uno o más delitos por pandilla, se aplicará a los que intervengan en su comisión, además de las penas que les correspondan por los delitos cometidos, de seis meses a tres años de prisión.
Se entiende por pandilla, para los efectos de esta disposición, la reunión habitual, ocasional o transitoria, de tres o más personas que, sin estar organizadas con fines delictuosos, cometen en común algún delito. 








BILIOGRAFÍA


Zambrano, A.. (2015). Teoría de la Participación. Mayo, 2015, de Revista Jurídica on line Sitio web: http://www.revistajuridicaonline.com/index.php?option=com_content&task=view&id =567&Itemid=34


Quintino, R.. (2015). Formas de Autoría y Participación. Mayo, 2015, de INACIPE Sitio web: http://www.inacipe.gob.mx/stories/investigacion/descargas/CAPITULO%2010%20 Autor%C3%ADa%20y%20Participaci%C3%B3n.pdf 

lunes, 12 de septiembre de 2016

Teoria Del Delito




TEORIA DEL DELITO


La teoría del delito es un sistema que nos ayuda a observar, analizar y clasificar muy de cerca al delincuente, al delito y sobre todo nos marca una linea como guía para aplicar la ley en consecuencia de un acto delictuoso.

"Acción típicamente antijurídica y correspondientemente culpable, que no está cubierta con una causa objetiva de exclusión penal" (BELING).

El delito es toda aquella conducta, acción u omisión típica, antijurídica y culpable a la que corresponde una pena descrita por la ley. Y éste ha sido valorado por la conducta humana condicionada por el criterio ético de la clase que domina la sociedad. 

Existen varios conceptos de delito que fueron desarrollados en los siglos XVIII, XIX y XX, los cuales son:

Concepciones formales o nominales: Es una conducta humana que se opone a lo que la ley manda o prohibe bajo amenaza de una pena.

Concepciones substanciales o materiales: Son elementos del delito como presupuestos para que un acto voluntario o humano sea considerado como delito, el cual se basa en el método analítico "acto típicamente antijurídico culpable y sancionado con una pena de carácter criminal.


Estructura de la Teoría del delito.

 SUJETO DEL DELITO

Es toda aquella persona en la que recae directamente la consecuencia de la acción delictiva, la cuál es clasificada como:

Sujeto activo: Es la persona que realiza la conducta delictiva, aún cuando se trate de una asociación criminal las penas serán individuales ya que estas persona actuaron bajo voluntad.

Sujeto pasivo: Es el titular del interés jurídico lesionado o puesto en peligro, también conocido como víctima u ofendido por lo tanto es el que reciente el delito.

OBJETO DEL DELITO
Es la persona o cosa sobre la que recae la acción del delito.


CLASIFICACIÓN DEL DELITO
Es la elaboración hecha por el legislador y sirve para distinguir los diversos tipos legales del delito.


ELEMENTOS DEL DELITO
Son las características que constituyen el delito.

 Positivos                                                    
  • Conduta                                                             
  • Típicidad
  • Antijurícidad
  • Culpabilidad
  • Punibilidad
 Negativos
  • Ausencia de conducta
  • Ausencia del tipo
  • Causas de justificación
  • Causas de inculpabilidad
  • Excusas absolutorias


BIBLIOGRAFÍA

Lectura 1 Teoría del delito  UNIVERSIDAD IEU









lunes, 4 de julio de 2016

Sustancias Prohibidas y sus Métodos de Detección

SUSTANCIAS PROHIBIDAS


Son aquellas sustancias cuyo consumo puede producir dependencia, estimulación o depresión del sistema nervioso central, o que dan como resultado un trastorno en la función del juicio, del comportamiento o del ánimo de la persona.


MÉTODOS PARA SU DETECCIÓN

CROMATOGRAFÍA

A grandes rasgos la cromatografía se logra por medio de la utilización de dos fases: 
  • Fase móvil: es una solución que está compuesta por distintos elementos.
  • Fase estacionaria: ésta se caracteriza por ser un material solido que permanecerá sin cambios antes o después de la implementación de la técnica.
La mezcla a estudiar permanecerá con el compuesto que posea más afinidad o el que se encuentra en fase solida o en fase móvil, de esta forma se apreciara las características generales de cada compuesto estudiado.


CROMATOGRAFÍA DE GASES

La cromatografía de gases es una técnica cromatográfica en la que la muestra se volatiliza y se inyecta en la cabeza de una columna cromatográfica. La elución se produce por el flujo de una fase móvil de gas inerte. A diferencia de los otros tipos de cromatografía, la fase móvil no interactúa con las moléculas del analito; su única función es la de transportar el analito a través de la columna.

TIEMPO DE RETENCIÓN



Es el análisis cualitativo que se hace con base en los tiempos de retención, o sea el tiempo requerido para que un compuesto recorra el sistema cromotográfico.


CROMATOGRAFIA LIQUIDA DE ALTA EFICIENCIA

La CLAE, es la muestra que se disuelve en un solvente líquido y es forzada por presión a atravesar la columna cromatográfica donde es resuelta; la extensión de la resolución es importante y depende del grado de interacción entre el soluto y la fase estacionaria y móvil. Esta interacción puede ser modificada según la escogencia de solventes y columnas.

APLICACIONES
Teniendo como base las consideraciones anteriores, podemos afirmar que las dos técnicas no son excluyentes sino al contrario complementarias y son utilizadas frecuentemente en los análisis forenses como:

1. Control de Adulteraciones.
2. Identificación de Drogas de Abuso.
3. Análisis de Solventes y Pesticidas.
4. Explosivos.
MÉTODO ESPECTROMETRICO

Los métodos espectrométricos son métodos instrumentales empleados en química analítica basados en la interacción de la radiación electromagnética, u otras partículas, con un analito para identificarlo o determinar su concentración.

MEDICIÓN DE pH POR EL MÉTODO COLORIMETRICO

La medición del pH se efectúa ya sea por un método colorimétrico o por uno electrométrico.
El método se basa en el uso de colorantes orgánicos complejos que cambian de color de acuerdo al valor del pH de una solución acuosa. Estas substancias se conocen como indicadores.